Certificado de Defuncion

Certificado de Defuncion

Certificado de Defunción  -

Registro Demográfico Salud PR
Certificado de Defunción
Registro Demográfico de Puerto Rico. Certificación de Defunción. Departamento de Salud PR. Trámite, Solicitud, Formulario y Requisitos. Guía de Servicios en Línea.
COVID-19 NCHS Certificado Defunción PR - Comunicado 2020
Información sobre Certificación de Causas de Muerte por COVID-19
Solicitudes de Certificado de Defunción
RD-227 Solicitud por Correo de Certificación de Defunción. Formulario en Español - Rev 02.2020
RD-227 Puerto Rico Death Certification Mail In, Application, English Form - Rev 02.2020

Certificaciones de Defunción

Requisitos para solicitar un certificado de defunción
Costo del Certificado : Pagar Sello de Rentas Internas por el valor de $10.00 por cada copia.
Presentar identificación oficial vigente con foto, expedida por gobierno del estado o país de residencia. Se aceptan : Licencia de Conducir, Pasaporte o identificación de estado. Las personas extranjeras deben presentar el pasaporte vigente con el visado o la tarjeta de residencia.
Los abogados contratados para solicitar los documentos vitales deben presentar una carta de autorizació​n y una identificación vigente de la persona que les contrató. Debe llenar y completar el formulario RD-37.
​Si un abogado autoriza a una tercera persona, debe de traer su identificación vigente, la carta y la identificación del cliente, la carta del abogado y su RUA (ID) del Registro Unico de Abogados . ​ También debe completar el formulario RD-37.
Cómo solicitar un certificado de defunción ? Debe completar la solicitud y llenar todos los datos sobre la persona fallecida y los del solicitante. La persona solicitante debe ser una parte interesada.
Quién puede solicitar una certificación de defunción? Pueden solicitarlo sus padres y descendientes; esposa(o), hijos, representante legal, o una agencia gubernamental para propósitos oficiales.
El Director Funerario que aparece en el certificado de defunción es un solicitante cualificado por un periodo no mayor a 60 días desde la fecha de la muerte de la persona. El Director Funerario tiene derecho a un certificado. Si la es beneficiaria de un seguro y no es familiar directo o persona autorizada, debe presentar la documentación de que es beneficiario de dicho seguro.
Cónyuge del fallecido
Madre o Padre del fallecido
Hijos del fallecido (debe ser mayor de 18 años, si este hijo no es nacido en Puerto Rico, debe incluir copia de su certificado de nacimiento)
Heredero (debe presentar copia certificada del Testamento o Declaratoria, que puede ser verificado en Puerto Rico)
Representante legal de una de las partes interesadas. Debe cumplir con los requisitos de la sección de Trámites por un Representante Legal y el procedimiento de la Carta Circular 1-2020 .
El costo es gratis por una copia anual de la certificación de defunción para residentes de Puerto Rico, veteranos, viuda de veterano, cónyuge del veterano y sus hijos menores, y para usos oficiales de seguridad social o reclamación de cualquier derecho. Cualquier copia adicional tiene un valor de $10.00.
Si se requiere que el certificado de defunción identifique la causa de muerte:
Debe ser solicitado en el Registro Demográfico, Oficina Local, en el mismo municipio donde falleció la persona. Esto para defunciones recientes durante los primeros 6 meses y si no se ha registrado la causa en el certificado. El tiempo de espera para este recibir este documento depende de cada municipio.
Costo del servicio $15.00 la primera copia y $10.00 por copias adicionales.
Abogados y Representantes Legales. Si es un representante de la persona interesada, la solicitud debe adjuntar una carta de autorización de una persona que lo autorize. Debe indicar la información del evento, estar firmada por la persona que autoriza, y se debe incluir identificación de esta persona autorizante. El representante autorizado debe presentar su identificación vigente al solicitar el servicio.
Defunción Inscripción de Defunciones.
Certificado de Defunción - Según la Ley # 24-1931, enmendada como la Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico, y la ley # 81-1912 conocida como la Ley del Departamento de Salud, se debe utilizar el nuevo Certificado de Defunción RD 77 - Rev 1/2015 (el "Certificado"). Esta versión actualiza el Certificado con las recomendaciones del National Center for Health Statistics (NCHS) del año 2003 para la mejorar la calidad y precisión en la recopilación de información sobre eventos vitales. Estos cambios son necesarios para poder mejorar la planificación de la salud pública y la resolución de procesos judiciales. Formato del nuevo Certificado de Defunción 2015
Cómo llenar el Certificado de Defunción. Departamento de Salud de Puerto Rico. Instituto de Estadisticas de PR.
Certificado de Defunción. Información para los médicos del Departamento de Salud de Puerto Rico.
Sección 1 A

Sección 1

Sección 2

Sección 3
Inscripción de Defunciones - Requisitos para solicitud de Defunción
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